Junta General

Junta General

La Junta General del Consorcio estará constituida por el Presidente y por los representantes de cada una de las Entidades Consorciadas, designados por sus respectivos órganos competentes.

 

Miembro

Votos

Diputación de Sevilla

15

Ayuntamiento de Sevilla

7

Mancomunidad del Aljarafe

3

Consorcio de Aguas del Huesna

2

Consorcio del Plan de Écija

2

Consorcio de Aguas Sierra Sur

1

 

 

Competencias

Corresponden a la Junta General las siguientes atribuciones:

  • Establecer las directrices de gobierno y ostentar la coordinación superior de todos los servicios gestionados por el Consorcio.
  • La elección del Vicepresidente a propuesta del Presidente.

  • Aprobar inicialmente y proponer a las Entidades Consorciadas las modificaciones de los Estatutos del Consorcio y de las aportaciones de sus miembros. En todo caso, cuando la modificación de los Estatutos afecte a las competencias de alguna de las Administraciones consorciadas, será necesaria la conformidad previa y expresa de ésta.
  • Aprobar los Convenios de colaboración a suscribir por el Consorcio que tengan el carácter de Convenio Marco o Protocolo General.

  • Aprobar la incorporación de nuevos miembros al Consorcio y la fijación de sus aportaciones, estableciendo las condiciones en que deberá llevarse a cabo dicha incorporación. Así mismo, aprobar la liquidación de separación de miembros del Consorcio que se practicarán a los mismos, conforme a lo dispuesto en el Capítulo V de estos Estatutos.

  • Aprobar la ampliación de las facultades del Consorcio dentro del objeto definido para el mismo con arreglo al artículo 5 de los presentes Estatutos, previa audiencia de las Entidades consorciadas.

  • Aprobar la disolución del Consorcio conforme a lo dispuesto en el Capítulo VI de estos Estatutos.

  • Aprobar el Presupuesto anual del Consorcio, los créditos extraordinarios y suplementos de créditos, de conformidad con la Disposición adicional vigésima de la Ley 30/92, y su apartado cuatro, así como los planes y programas de actuación, inversión y financiación, y los planes de creación de infraestructuras.

  • Aprobar las cuentas anuales previstas en la legislación vigente.

  • Establecer las bases de Organización del Consorcio y aprobar la estructura organizativa de los servicios del mismo en razón de las necesidades de gestión, emanadas de los objetivos establecidos para la consecución de sus fines.

  • Aprobar los reglamentos de funcionamiento de los diferentes servicios del Consorcio.

  • Aprobar la plantilla de personal y el Catálogo o relación de puestos de trabajo existentes en su organización y solicitar la reasignación de puestos de trabajo de las Administraciones participantes en el Consorcio, de conformidad con la Disposición adicional vigésima de la Ley 30/92, y su apartado quinto.

  • Otorgar las concesiones y autorizaciones de utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes de titularidad pública que tenga afectos, así como las cesiones de uso de dichos bienes que sean necesarios para la prestación de los servicios públicos que gestione.

  • Acordar la gestión directa o indirecta de los servicios que ha de prestar, incluida la concesión de los mismos.

  • Autorizar y disponer gastos y pagos dentro de los límites presupuestarios determinados en las Bases de Ejecución del Presupuesto anual.

  • Acordar el establecimiento de tasas, precios públicos, cánones y contribuciones especiales, así como la modificación o revisión de los mismos, y las tarifas vinculadas a los servicios cuya gestión se encomiende al Consorcio.

  • Recibir, hacerse cargo y administrar, con las limitaciones que la legislación vigente establezca, los bienes del Consorcio, así como los procedentes de legados o donaciones.

  • Aprobar la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, cuando su cuantía exceda del diez por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto.

  • Aprobar la celebración de contrataciones de toda clase dentro de los límites fijados por las Bases de ejecución del Presupuesto anual.

  • Establecer las dietas por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados del Consorcio.

  • Aprobar y ejercer las funciones de coordinación de los servicios municipales que se le pudieran encomendar por la Diputación conforme a la legislación local vigente.

  • Ejercer las funciones y competencias que como ente supramunicipal le corresponden en los términos de la legislación de aguas de Andalucía.

  • Adoptar aquellos acuerdos que se prevén en los Capítulos V y VI de estos Estatutos.

REPRENSENTANTES DE LA JUNTA GENERAL

A continuación se relacionan los miembros de la Junta General

REPRENSENTANTES DE LA JUNTA GENERAL

D. Fernando Rodríguez Villalobos

D. Francisco Miguel Molina Haro

Dña. Regla Martínez Bernabé

Dña. Carmen Herrera Coronil

Dña. Juana Mª Carmona González

D. Juan Manuel Alejos Gala

Dña. BuenSuceso Morillo Espada

D. José Manuel Ruiz Jurado

D. Manuel Casaus Blanco

D. Domingo Delgado Pino

D. Juan Carlos Ramos Romo

D. José Ruiz Hermán

Dña. Lucía Ruiz Gálvez

D. Manuel Benjumea Gutiérrez

D. Rafael Pablo García Ortiz

Dña. Carmen Clarisa Castreño Lucas

D. Jaime Palop Piqueras

D. José Luis David Guevara García

D. Juan de la Rosa Bonsón

D. Pedro Domínguez Fernandez

D. Indalecio de la Lastra Valdor

D. Gonzalo Alba Beteré

D. Joaquín Fernández Garro

Dña. María Eugenia Moreno Oropesa

D. Sebastián Mendoza Pérez

D. José Mª Villalobos Ramos

D. Juan Manuel Valle Chacón 

Dª. Rosario Andújar Torrejón

D. Juan Manuel Rodríguez Domínguez

 

D. Manuel Sánchez Aroca